¿Puede la empresa contactar durante una baja médica?

El envío reiterado de correos o comunicaciones laborales durante una baja médica puede resultar jurídicamente relevante, especialmente cuando no existe necesidad acreditada y afecta al descanso o a la integridad moral de la persona trabajadora.

Desconexión digital y suspensión del contrato

Durante la incapacidad temporal, la relación laboral permanece suspendida en sus obligaciones principales de trabajar y remunerar el trabajo, sin perjuicio de la protección económica correspondiente. Ese contexto refuerza la necesidad de respetar el descanso y evitar comunicaciones laborales innecesarias.

La relevancia de las comunicaciones reiteradas

Una sentencia del TSJ de Galicia de 2025 apreció vulneración del derecho a la desconexión digital y de la integridad moral en un supuesto de correos reiterados a una trabajadora durante una baja médica, sin que la empresa acreditara su necesidad.

La resolución no convierte cualquier contacto aislado en ilícito, pero sí advierte de la obligación empresarial de abstenerse de comunicaciones laborales injustificadas fuera del tiempo de trabajo.

Qué debe analizarse

  • Número y frecuencia de los mensajes.
  • Contenido de las comunicaciones.
  • Existencia de urgencia real o necesidad acreditada.
  • Si la empresa pedía trabajo, disponibilidad o respuesta.
  • Estado de salud y contexto de la baja.
  • Si existen protocolos internos de desconexión digital.

Posibles consecuencias

Según las circunstancias, puede plantearse una reclamación vinculada a la desconexión digital, la integridad moral o la tutela de derechos fundamentales. La viabilidad depende de la intensidad de la conducta y de la prueba disponible.

Consulta inicial previa reserva

Si la empresa mantiene comunicaciones reiteradas durante una baja médica, puede solicitar una videollamada gratuita para revisar los mensajes y el contexto del caso.

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